El Gobierno acuerda con los agentes sociales prorrogar los ERTE hasta el 31 de mayo

  • Este compromiso renueva el objetivo de proteger a las
    personas trabajadoras y a las empresas
    Es la tercera prórroga que alcanza el consenso con los
    interlocutores sociales.
  • Se mantiene la flexibilidad del modelo actual de ERTE por
    COVID y se simplifica la tramitación.
  • La salvaguarda del empleo se prorroga en los términos que
    rigen en la actualidad.

Martes, 19 de enero de 2021.- El Gobierno ha llegado a un nuevo acuerdo.
con los agentes sociales para prorrogar los ERTE desde el 1 de febrero
hasta el 31 de mayo, en condiciones similares a las existentes hasta ahora.
Se trata del tercer gran acuerdo por el empleo que se alcanza desde el
inicio de la pandemia. La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda
Díaz, y el ministro de Inclusión, Seguridad social y Migraciones, José Luis
Escrivá, han destacado el “gran clima de entendimiento” que se ha
manifestado en los encuentros con los interlocutores sociales y han
agradecido su esfuerzo.
Ambos han señalado la importancia de “lograr este acuerdo con suficiente
anticipación para dar certidumbre a las personas trabajadores y a las
empresas en un momento como el actual”, reforzando el compromiso del
Gobierno para “proteger a trabajadores y empresas hasta que volvamos a
la normalidad”.

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha destacado la
importancia del acuerdo, subrayando que “el ADN de este Gobierno se
llama Diálogo Social”. «Hemos actuado con responsabilidad para dar
certidumbre a las empresas y también a los trabajadores y seguiremos
trabajando en esta línea. Pueden confiar en este Gobierno, y en este
Ministerio», ha explicado Díaz.

Por su parte, Escrivá ha subrayado que “el modelo de ERTE que se aprobó
en septiembre ha funcionado muy bien”, por lo que se mantiene con
mínimos ajustes. Además, ha anunciado el acuerdo alcanzado con las
asociaciones de autónomos para extender las ayudas también hasta el 31
de mayo.

Mantenimiento de la protección

El acuerdo contempla la prórroga de todos los Expedientes de
Regulación Temporal de Empleo (ERTE) basados en causas
relacionadas con la COVID 19.

Dentro de estos ERTE, se reconocen de nuevo exoneraciones a
empresas que sean titulares de los mismos y pertenezcan a sectores con
una elevada tasa de cobertura por el expediente y una reducida tasa de
recuperación de actividad, si bien se utilizan criterios objetivos más
generosos para determinar estos sectores, lo que da lugar a la
incorporación de nuevos CNAE, que implican que se proteja a empresas
que dan empleo a casi 50.000 personas trabajadoras más.
Los ERTE mantienen la flexibilidad en su aplicación.

Nuevos ERTE

Se prevé expresamente la posibilidad de que aquellas empresas que se
vean afectadas por restricciones que impidan o limiten su actividad
soliciten a la autoridad laboral un ERTE de limitaciones o impedimento
en idénticos términos de tramitación y requisitos que los del III Acuerdo
Social en Defensa del Empleo.

Los ERTE Covid basados en causas Económicas, Técnicas,
Organizativas y de Producción (ETOP) se podrán seguir beneficiando
tanto de la simplificación de trámites prevista en el artículo 23 del Real
Decreto-ley 8/2020 como de la posibilidad, inexistente en su regulación
ordinaria, de tramitar una prórroga presentando ante la autoridad laboral
un acuerdo en tal sentido con la representación unitaria o sindical.
Simplificación de trámites.

Las empresas que sean titulares de un ERTE por impedimento o por
limitaciones, autorizado antes o durante la vigencia de esta norma, no
tendrán que solicitar y tramitar un nuevo expediente ante la autoridad
laboral para pasar de uno a otro para acceder a las exoneraciones
derivadas de una modulación de las restricciones sanitarias que les
hagan situarse en impedimento de actividad desde una limitación a esta,
o viceversa.

Bastará con que remitan una comunicación en tal sentido a la autoridad
laboral que haya dictado la resolución correspondiente al ERTE del que
es titular, y a la representación de las personas trabajadoras, para
acceder a los beneficios. Tampoco será necesario que remitan una nueva
solicitud colectiva de prestaciones al SEPE.

Medidas de acompañamiento

Se mantiene el compromiso de mantenimiento del empleo, en los
términos en los que lo recogía el Real Decreto-ley 30/2020, lo que implica
que las empresas, una vez cumplido el periodo de 6 meses de
salvaguarda derivado de las normas previas a dicha disposición y el que
responde a los beneficios referidos en dicho real decreto ley (otro periodo
de 6 meses), se comprometen, en contrapartida con los beneficios por las
exoneraciones reguladas en la nueva norma, al mantenimiento del
empleo durante otro nuevo periodo de 6 meses de duración.
Se mantienen los límites al reparto de dividendos y la transparencia
fiscal, los límites a la realización de horas extraordinarias y
externalizaciones de la actividad, la prohibición del despido y la
interrupción de los contratos temporales.

Mecanismos de protección

Continuarán aplicándose la exención del periodo de carencia, el contador
a cero, el aumento del 50% al 70% del porcentaje de cálculo de la base
reguladora para quienes hayan consumido 180 días de prestación, los
beneficios aplicables a las personas trabajadoras fijas discontinuas
(incluyendo la prestación extraordinaria), la mejora de protección de las
personas afectadas por ERTE con contrato a tiempo parcial.

Exoneraciones aplicables

Las tipologías de ERTE con exoneraciones hasta el 31 de mayo incluyen:
– Sectores ultraprotegidos. Estos sectores, indicados en la lista de
códigos CNAE adjunta y su cadena de valor, tendrán unas exoneraciones
del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para
las que tienen 50 o más. Las exoneraciones serán las mismas tanto para
los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus
puestos de trabajo.

Esta lista se amplió el pasado 22 diciembre y ahora entran en ella nuevos
sectores (5530 –campings y aparcamiento de caravanas-, 7734 – alquiler
de medios de navegación- 9604 –actividad de mantenimiento físico-),
mientras que salen otros tres (1393 –fabricación de alfombras-, 2431 –
Estirado en frío- y 3220 – Fabricación de instrumentos musicales-)
Se han incluido en este listado aquellas empresas cuya CNAE entre
finales de abril y finales de diciembre no han recuperado la actividad en
porcentaje inferior al 70% y con un porcentaje de afiliados cubiertos por
los ERTE mayor del 15%.

– Las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno
de sus centros de trabajo como consecuencia de las restricciones
administrativas para luchar contra la pandemia podrán solicitar un “ERTE
de impedimento”. Estas empresas tendrán una exoneración en sus
cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el
31 de mayo de 2021, que será del 100% de la aportación empresarial
durante el periodo de cierre y hasta el 31 de mayo si tienen menos de 50
trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

– ERTE de limitación. Las empresas o entidades que vean limitado el
desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como
consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades podrán
solicitar a la autoridad laboral un “ERTE por limitaciones”. En este caso,
las exoneraciones serán decrecientes hasta el 31 de mayo destacando,
además, que estas empezarán por el 100% en febrero para empresas de
menos de 50 trabajadores y del 90% para aquellas de 50 trabajadores o
más.

Actualmente, hay 704.000 personas en ERTE, de las que 450.000 están
en alguna de las modalidades que conllevan exoneraciones a la Seguridad
Social. Unas 193.000 personas estaban en ERTE de sectores
ultraprotegidos, mientras que otros 49.800 de su cadena de valor estaban
protegidos por este mecanismo.

En ERTE de impedimento hay 32.000 personas protegidas y otras 175.000
personas estaban a 18 de enero bajo la figura del ERTE de limitación. En
estos casos, se aprecia una oscilación del número de personas protegidas,
lógica, ya que se van adaptando a las restricciones administrativas que se
van aprobando. Fuera de las modalidades del RD 30/2020, ya sin
exoneraciones a la Seguridad Social, se mantienen otras 254.000
personas. Estas modalidades están en continuo descenso.

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