Si usted posee bienes o cuentas en el extranjero por valor superior a los 50.000 euros debe declarar Modelo 720 ante Hacienda para evitar posibles sanciones. Este modelo, aunque tenga un carácter informativo, es obligatorio para las personas físicas o entidades residentes en el estado español.
¿Quiénes tienen que presentar el Modelo 720?
Tienen obligación de presentar esta declaración de bienes en el extranjero:
- Las personas físicas y entidades residentes en el estado español, incluidos los residentes en territorios forales, que tengan bienes ubicados en el extranjero
- También los que sean titulares reales de esos bienes situados en el extranjero.
Los bienes que tenemos que declarar en este impuesto serán:
- Cuentas y depósitos abiertos en entidades bancarias ubicadas en el extranjero.
- Valor representativo de la participación en cualquier entidad.
- Bienes inmuebles y derechos sobre ellos, situados en el extranjero.
Los bienes que no tenemos que declarar en este impuesto serán:
- Aquellos de los que sean titulares sociedades totalmente exentas del Impuesto sobre Sociedades.
- Cuando no superen los 50.000 euros de valor.
- Si se supera ese límite habrá que informar de todos los elementos que forman el conjunto e indicar su valoración individual
- Aquellos que estén registrados su titularidad en la contabilidad
- Cuentas corrientes abiertas en entidades extranjeras con sede en España.